Guía contra la violencia de género en la empresa

La empresa debe convertirse en un espacio de tolerancia cero frente a la violencia de género. Para ello, la guía contra la violencia de género ofrece acciones concretas para proteger los derechos laborales de las víctimas de violencia de género y promover medidas de igualdad en las empresas.

Tolerancia Cero

¿Qué incluye la guía para combatir la violencia de género?

Una de las medidas más recomendadas para las empresas es la elaboración de una guía para el desarrollo de mejoras en las medidas legales de protección integral contra la violencia de género y su difusión a través de los medios de comunicación de la empresa (tablón de anuncios, página web, correo electrónico, etc.). Esta guía tiene el objetivo de proporcionar un apoyo global y coordinado en la empresa a las trabajadoras víctimas de la violencia de género.

Esta guía recoge:

Derechos laborales de las mujeres víctimas de violencia de género: Explicación detallada de los derechos que protegen a las víctimas en el entorno laboral.

Propuestas de mejora por parte de la empresa: Desarrollo de políticas y prácticas para mejorar las condiciones laborales de las mujeres víctimas de violencia de género.

situación de acoso laboral relacionada con violencia de género
mujer afectada por violencia de género en contexto laboral

Mejora las Condiciones Laborales

Acciones para combatir la violencia de género en el entorno laboral

Promover una guía específica para trabajadoras víctimas de violencia de género es crucial para garantizar un entorno laboral seguro y de apoyo. Esta guía es esencial para proteger los derechos de las trabajadoras y reafirmar la política de tolerancia cero de la empresa frente a la violencia de género.

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Paso a paso

Pasos para Implementar una guía contra la violencia de género en tu empresa

En Legal ESI, nos especializamos en la creación e implementación de guías contra la violencia de género en empresas. Nuestro enfoque integral asegura que tu empresa se convierta en un espacio de tolerancia cero frente a la violencia de género. Aquí te mostramos cómo es el proceso paso a paso.

Compromiso de la dirección

La dirección de la empresa debe asumir un papel activo y visible, impulsando una política de tolerancia cero frente a la violencia de género y garantizando los recursos necesarios para su correcta implementación.

Relación de medidas vigentes en la normativa

Es esencial identificar y recopilar todas las medidas recogidas en la legislación vigente, asegurando el cumplimiento normativo y la correcta protección de los derechos laborales de las trabajadoras víctimas.

Propuestas de mejora por parte de la empresa

La organización debe desarrollar iniciativas propias que refuercen las medidas existentes, promoviendo la igualdad, la sensibilización y un entorno laboral seguro y respetuoso.

Procedimiento de actuación para la trabajadora víctima de violencia de género

Se debe establecer un protocolo claro y confidencial que defina los pasos a seguir, los canales de comunicación y las medidas de apoyo, garantizando una respuesta ágil, coordinada y eficaz ante cualquier situación.

Legal ESI, especialistas en Cumplimiento Normativo

En Legal ESI, te ayudamos a cumplir con la normativa vigente y a implantar una política de desconexión digital eficaz, garantizando el derecho al descanso de tu plantilla, mejorando el bienestar laboral y reduciendo el riesgo de posibles sanciones.

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Pareja de profesionales caminando por una oficina inmobiliaria durante un proceso de compraventa con medidas de prevención de blanqueo de capitales.

Preguntas frecuentes

No existe una obligación legal específica de tener esta guía. Sin embargo, es una de las medidas más recomendadas, y muchas empresas la incluyen dentro de su Plan de Igualdad. Lo que sí es obligatorio es respetar los derechos laborales que la ley reconoce a las trabajadoras víctimas de violencia de género. La guía sirve precisamente para que la plantilla y los responsables de RRHH los conozcan y sepan cómo actuar.

La Ley Orgánica 1/2004 y el Estatuto de los Trabajadores le reconocen estos derechos:

  • Reducir su jornada o reordenar su horario.
  • Trabajar a distancia.
  • Cambiar de centro de trabajo con reserva de su puesto anterior.
  • Suspender su contrato con reserva de puesto.
  • Extinguir el contrato con derecho a prestación por desempleo.

Además, las ausencias o faltas de puntualidad derivadas de su situación se consideran justificadas cuando lo determinen los servicios sociales o de salud.

La suspensión tiene una duración inicial de hasta seis meses. Si el juez considera que la protección de la víctima lo requiere, puede prorrogarla por periodos de tres meses, hasta un máximo de dieciocho meses. Durante ese tiempo, la empresa debe reservarle el puesto de trabajo.

Puede acreditarla con varios documentos:

  • Una sentencia condenatoria.
  • Una orden de protección o resolución judicial con medidas cautelares.
  • Un informe del Ministerio Fiscal.
  • Un informe de los servicios sociales o de acogida, o de los servicios especializados en violencia de género.

La empresa debe tratar esta información con la máxima confidencialidad, porque son datos personales especialmente sensibles.

No. El despido de una trabajadora víctima de violencia de género por ejercer estos derechos se declara nulo, y la empresa estaría obligada a readmitirla. Por eso es tan importante que los mandos intermedios y el departamento de RRHH conozcan el procedimiento de actuación.

Son documentos distintos:

  • El protocolo de acoso sexual y por razón de sexo es obligatorio para todas las empresas. Regula situaciones que ocurren dentro del entorno laboral.
  • La guía contra la violencia de género se centra en apoyar a la trabajadora que sufre violencia por parte de su pareja o expareja, normalmente fuera del trabajo, pero con consecuencias en su vida laboral.

Lo recomendable es que ambos documentos estén coordinados.

La guía debe fijar cuatro cosas:

  • Quién recibe la comunicación de la trabajadora.
  • Qué información se registra.
  • Quién tiene acceso a ella.
  • Cuánto tiempo se conserva.

Solo deben conocer la situación las personas estrictamente necesarias para aplicar las medidas, y los datos deben tratarse conforme al RGPD. En Legal ESI integramos este procedimiento con vuestra adecuación en protección de datos.

Sí. Además de elaborar la guía, impartimos formación en violencia de género para la plantilla y para los mandos, de modo que sepan identificar situaciones de riesgo y conozcan el procedimiento de actuación. Llámanos al 976 30 01 40 o solicita información.