Transparencia salarial: España llega tarde y el primer borrador deberá revisarse

El plazo para transponer la Directiva europea de transparencia salarial ya ha vencido. El Ministerio de Trabajo ha presentado una primera propuesta, pero las organizaciones sindicales no la han respaldado y el texto seguirá negociándose.

¿Ha incumplido España el plazo de transposición de la directiva de transparencia salarial?

La Directiva (UE) 2023/970 dio a los Estados miembros hasta el 7 de junio de 2026 para incorporar a sus leyes las nuevas reglas sobre transparencia salarial e igualdad retributiva. España llegó a esa fecha sin haber aprobado la norma de transposición.

Este retraso afecta al Estado, pero no significa que todas las obligaciones de la Directiva sean automáticamente exigibles, desde el día siguiente, a cualquier empresa privada. Hasta que se apruebe la nueva regulación, siguen aplicándose las obligaciones que ya existen en España.

¿Qué obligaciones siguen vigentes mientras no se transpone la directiva?

En concreto, las empresas deben continuar cumpliendo:

  • El principio de igual retribución por trabajos de igual valor.
  • La obligación de elaborar el registro retributivo.
  • Cuando estén obligadas a disponer de un plan de igualdad, realizar también la correspondiente auditoría retributiva.

Por tanto, no estamos ante un vacío legal. Lo que existe es un retraso en la incorporación de nuevas herramientas que reforzarán el acceso a la información salarial y la obligación empresarial de explicar cómo se fijan los salarios.

Bandera de la Unión Europea representando la Directiva 2023/970 de transparencia salarial

¿Qué planteaba el primer borrador de transposición de la transparencia salarial?

A comienzos de julio, el Ministerio de Trabajo presentó a los agentes sociales una primera propuesta para modificar el Real Decreto 902/2020, que regula la igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

El documento no está aprobado y su contenido puede cambiar, pero sirve para anticipar algunas de las líneas de la futura regulación.

¿Cuáles son las principales medidas que incluía el borrador?

Entre las medidas planteadas se encuentran:

  • Informar a la plantilla sobre los criterios utilizados para fijar los salarios y los niveles retributivos.
  • Dar a las personas trabajadoras el derecho a solicitar información sobre su nivel salarial y las retribuciones medias, desglosadas por sexo, de quienes realizan el mismo trabajo o un trabajo de igual valor.
  • Mostrar la información salarial tanto en términos anuales como por hora, lo que facilitaría detectar diferencias vinculadas a jornadas parciales, reducciones de jornada o determinados complementos.
  • Reforzar el registro retributivo, la valoración de puestos de trabajo y el contenido de las auditorías retributivas.
  • Impedir que se prohíba a una persona trabajadora hablar de su propio salario, manteniendo al mismo tiempo la protección de los datos salariales de otras personas.

¿Qué áreas de la empresa se verán más afectadas?

En la práctica, este cambio afectará especialmente a los complementos salariales, bonus, incentivos, revisiones de sueldo, promociones y sistemas de evaluación del desempeño. Las empresas tendrán que definir mejor sus criterios y dejar constancia de cómo se aplican.

También será importante distinguir entre una diferencia salarial legítima y una diferencia difícil de justificar. La antigüedad, la experiencia, el rendimiento o una mayor responsabilidad pueden ser factores válidos, pero deben responder a criterios objetivos, neutros y aplicados de forma coherente.

Acuerdo entre profesionales para adaptar la política de igualdad retributiva y transparencia salarial de la empresa

¿Por qué los sindicatos rechazaron el borrador de transparencia salarial?

En la reunión celebrada el 15 de julio, las organizaciones sindicales no respaldaron la propuesta presentada por el Ministerio. Entre las cuestiones planteadas durante el diálogo social se encuentra la necesidad de que la transposición sea más amplia y no se limite únicamente a modificar un reglamento.

La Directiva incluye materias que pueden requerir cambios en normas con rango de ley, así como un desarrollo más completo de los derechos de información, los mecanismos de reclamación y las consecuencias del incumplimiento.

¿Qué aspectos del borrador se han pedido concretar mejor?

También se ha pedido concretar mejor otros aspectos relevantes:

  • La información sobre el salario inicial o la banda salarial antes de la contratación.
  • La prohibición de preguntar a las personas candidatas por su salario anterior.
  • La utilización de ofertas de empleo y procesos de selección neutrales desde el punto de vista de género.
  • La aplicación de las nuevas obligaciones en el empleo público.
  • La publicación de información sobre las brechas salariales y los mecanismos para corregirlas.

Tras esta reunión, el Ministerio manifestó su intención de reformular el texto y continuar la negociación. A fecha de cierre de este artículo no consta públicamente una segunda propuesta consolidada.

Por ese motivo, conviene hablar de un primer borrador sujeto a revisión y evitar presentar sus medidas como obligaciones ya aprobadas. El contenido final dependerá del texto que resulte del diálogo social y de su posterior tramitación normativa.

Profesional jurídico revisando documentación relacionada con la transparencia salarial y la auditoría retributiva

¿Cómo afectará la nueva normativa de transparencia salarial a los planes de igualdad?

La futura regulación tendrá una conexión directa con los planes de igualdad. Las empresas obligadas a contar con ellos deben incorporar una auditoría retributiva, y esa auditoría deberá adaptarse al nuevo nivel de transparencia y detalle que establezca la normativa.

¿Qué aspectos del plan de igualdad habrá que revisar?

Las principales áreas que previsiblemente habrá que revisar son las siguientes:

  • La valoración de los puestos de trabajo y la correcta identificación de los trabajos de igual valor.
  • Los criterios utilizados para conceder complementos, incentivos, subidas salariales y promociones.
  • Las razones que explican las diferencias salariales detectadas entre mujeres y hombres.
  • Las medidas correctoras incluidas en la auditoría retributiva, sus responsables y sus plazos.
  • El seguimiento de las medidas por la comisión de igualdad y la documentación que acredita su ejecución.
  • El procedimiento para responder a futuras solicitudes de información salarial sin vulnerar la protección de datos.

Esto no implica que las empresas tengan que rehacer inmediatamente sus planes de igualdad. Sin embargo, quienes estén preparando una renovación, una evaluación intermedia o un seguimiento anual deberían aprovechar el proceso para revisar si sus criterios salariales están suficientemente definidos y documentados.

Equipo de empresa reunido para revisar los criterios de transparencia salarial

Transparencia salarial en España: una reforma pendiente con impacto real para las empresas

España ha incumplido el plazo de transposición y la primera propuesta del Ministerio no ha obtenido el respaldo de las organizaciones sindicales. El texto tendrá que revisarse antes de continuar su tramitación.

Aun así, la orientación de la reforma es clara. Las empresas deberán ofrecer más información y acreditar mejor por qué una persona cobra una determinada cantidad, accede a un complemento o progresa salarialmente.

Para las empresas con plan de igualdad, el cambio tendrá especial importancia en la auditoría retributiva, la valoración de puestos y el seguimiento de las medidas destinadas a corregir las diferencias salariales entre mujeres y hombres.

¿Necesitas adaptar tu empresa a las nuevas exigencias de transparencia salarial?

En Legal ESI asesoramos a empresas en la elaboración, renovación y seguimiento de planes de igualdad, auditorías retributivas, registros salariales y valoraciones de puestos de trabajo. Revisamos la documentación, identificamos riesgos y ayudamos a adaptar los sistemas retributivos a las nuevas exigencias de transparencia salarial.

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Preguntas frecuentes

No. Aunque el plazo para transponer la Directiva (UE) 2023/970 finalizó el 7 de junio de 2026, España todavía no ha aprobado la norma que la incorpora plenamente a su legislación.

Mientras no se produzca esa transposición, las empresas deben seguir cumpliendo con las obligaciones ya vigentes, como el registro retributivo, la auditoría retributiva cuando exista obligación de disponer de un plan de igualdad y el principio de igual retribución por trabajos de igual valor.

La futura regulación afectará a todas las empresas, aunque su impacto será mayor en aquellas que ya estén obligadas a disponer de un plan de igualdad, ya que deberán revisar aspectos como la auditoría retributiva, la valoración de puestos de trabajo y los criterios utilizados para fijar salarios, incentivos o promociones.

Contar con un asesoramiento especializado facilita anticiparse a estos cambios. En Legal ESI ayudamos a las empresas a adaptar sus planes de igualdad y sistemas retributivos conforme a la normativa vigente y a las futuras exigencias legales.

Aunque el texto definitivo todavía no está aprobado, el primer borrador plantea medidas como ofrecer una mayor información sobre los criterios salariales, permitir que las personas trabajadoras soliciten información sobre las retribuciones medias de puestos de igual valor y reforzar el registro retributivo y las auditorías salariales.

Además, las empresas deberán justificar de forma objetiva las diferencias salariales y documentar con mayor detalle cómo se fijan los salarios, complementos e incentivos.

Dependerá del contenido definitivo de la norma, pero todo apunta a que muchas empresas tendrán que revisar aspectos como la valoración de puestos de trabajo, los criterios de promoción, los complementos salariales o las medidas incluidas en la auditoría retributiva.

Si tu empresa va a renovar o revisar su plan de igualdad, este puede ser un buen momento para anticiparse a los cambios. En Legal ESI ayudamos a adaptar los planes de igualdad para que respondan tanto a la normativa actual como a las futuras exigencias en materia de transparencia salarial.

Según el primer borrador presentado por el Ministerio de Trabajo, no. La propuesta contempla que las empresas no puedan impedir que una persona trabajadora comunique su propio salario, aunque seguirá siendo necesario proteger los datos retributivos del resto de la plantilla.

En cualquier caso, esta medida todavía no es definitiva y dependerá del texto que finalmente apruebe el legislador.

Cuando la nueva normativa entre en vigor, las empresas deberán poder justificar de forma clara y objetiva cómo determinan los salarios y por qué existen determinadas diferencias retributivas.

Disponer de criterios poco definidos o de documentación insuficiente puede dificultar el cumplimiento de las nuevas obligaciones. En Legal ESI ayudamos a las empresas a revisar sus registros retributivos, auditorías salariales y planes de igualdad para afrontar estos cambios con mayor seguridad jurídica.